IPJ Ciclo de vida de un emisor de IPJ

Acreditación de la GLEIF de Emisores de IPJ



La acreditación es el proceso por el cual la Global Legal Entity Identifier Foundation (GLEIF) evalúa la idoneidad de las organizaciones que quieren operar dentro del Sistema Global del IPJ como emisoras de Identificadores de Personas Jurídicas (LEIs) y depositarias de datos de referencia de IPJ. Ser miembro del Sistema Global del IPJ a través de la acreditación de la GLEIF es una designación reconocida en todo el mundo de compromiso con la calidad de los datos y el servicio al cliente.

Las organizaciones autorizadas a emitir IPJ a personas jurídicas que participan en operaciones financieras se denominan «Unidades Operativas Locales (LOU)». Las UOL ofrecen servicios de inscripción, renovación y otros y son el primer punto de contacto con los solicitantes de inscripciones de IPJ. Una UOL puede emitir IPJ a personas jurídicas en cualquier jurisdicción para la que se encuentre acreditada.

Este apartado de la página web de la GLEIF permite acceder a toda la documentación e información relevante para el proceso de acreditación de la GLEIF. En esta página específica de la página web de la GLEIF, Proceso de Acreditación, se indican los seis pasos que debe seguir una organización que desea convertirse en UOL acreditada por la GLEIF.

La GLEIF asumió la responsabilidad de acreditar a las organizaciones que desean convertirse en emisores de IPJ en octubre de 2015 con la celebración de un Memorando de Acuerdo entre la GLEIF y el Comité de Supervisión Regulatoria de IPJ (LEI ROC). Antes de esa fecha, el Comité de Supervisión Regulatoria de IPJ era el encargado de respaldar a las organizaciones como emisores de IPJ, denominadas «pre-UOL». Estas organizaciones han participado en el proceso de acreditación de la GLEIF y han pasado a ser UOL acreditadas conforme al programa de la GLEIF.

Todos los emisores de IPJ deben contar con la acreditación de la GLEIF.

Los IPJ emitidos por una pre-UOL anterior seguirán gozando de validez con independencia de que el emisor se haya acreditado o no con la GLEIF. En caso de que una pre-UOL decidiera no seguir el proceso de acreditación o se abstuviera de cumplir los requisitos de acreditación de la GLEIF, los IPJ ya emitidos por dicha organización se transmitirán a un emisor acreditado por la GLEIF.

Las organizaciones que necesiten ayuda con su solicitud para convertirse en UOL acreditadas por la GLEIF, deben dirigir sus preguntas sobre el proceso de acreditación enviando un correo electrónico a info@gleif.org.

La GLEIF publica en su página web un listado de todas las organizaciones emisoras de IPJ acreditadas por la GLEIF.